De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, "RDLME"), se hace público que, en fecha 24 de noviembre de 2025, la Junta General de Socios de Alliance Prov Spain S.L. ("Alliance Prov" o la "Sociedad Absorbente") y, en lo menester, el socio único de Pelu Lista, S.L.U. ("Pelu Lista" o la "Sociedad Absorbida"), esto es, Alliance Prov, han acordado la fusión de las citadas sociedades Alliance Prov y Pelu Lista (conjuntamente, las "Sociedades Participantes"), mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente con extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme a los términos y condiciones establecidos en el proyecto común de fusión formulado por la totalidad de los miembros de los respectivos órganos de administración de las Sociedades Participantes en la fusión en fecha 23 de octubre de 2025 (el "Proyecto de Fusión"), tomando como balances de fusión los balances cerrados a 30 de septiembre de 2025 (los "Balances de Fusión").
Asimismo, se deja expresa constancia:
(a) Que la referida fusión se realiza de conformidad con el régimen simplificado previsto en el 53 del RDLME, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.
(b) Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 9 del RDLME, al haberse aprobado la fusión por unanimidad de la Junta General de la Sociedad Absorbente y, en lo menester, por el Socio Único de la Sociedad Absorbida, no es necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
(c) Del derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto de Fusión y de los Balances de Fusión.
(d) Que los acreedores de cada una de las Sociedades Participantes en la referida fusión cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio dispondrán del plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 y concordantes del RDLME.
Barcelona, 24 de noviembre de 2025.- Alliance Prov Spain, S.L., sociedad absorbente, debidamente representada por su administrador único Provalliance Salons Luxembourg, S.C.A. a su vez representada por D. Frederic-Laurent-Nicolas Logodin y Pelu Lista, S.L.U., sociedad absorbida, debidamente representada por su administrador único Alliance Prov Spain, S.L.,a su vez representada por D. Frederic-Laurent-Nicolas Logodin, .
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