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Documento BORME-C-2025-6480

FACTORÍA DE INICIATIVAS, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

RIVECO VENTURES, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 7916 a 7916 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6480

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, el día 25 de noviembre de 2025, la junta general de socios de la mercantil Factoría de Iniciativas, S.L. aprobó, en sesión universal y por unanimidad, los balances de fusión y la fusión por absorción de Riveco Ventures, S.L.U. (sociedad absorbida) por Factoría de Iniciativas, S.L. (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de ambas sociedades con fecha 24 de noviembre de 2025.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-ley, 5/2023, de 28 de junio, al tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones previstas en el artículo 53.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio; (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión; (iii) los informes de los órganos de administración; (iv) el aumento de capital de la sociedad absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la junta general de la sociedad absorbida, sin perjuicio de que ésta haya tenido lugar. La fusión no tiene efectos sobre el empleo para las sociedades participantes.

Al tratarse de un acuerdo unánime, conforme al artículo 9 del Real Decreto-ley, 5/2023, de 28 de junio, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos aprobados y de los balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde su publicación para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 del Real Decreto-ley, 5/2023, de 28 de junio.

Valdemarín (Madrid) y Riba-Roja de Túria (Valencia), 25 de noviembre de 2025.- Los consejeros del consejo de administración de Factoría de Iniciativas, S.L., D. Francisco Javier Rivera Goya, Dña. Cristina Cordón Compañ, Dña. Carolina Mercedes Rivera Cordón y D. Diego Rivera Cordón y los administradores solidarios de Riveco Ventures, S.L.U. D. Francisco Javier Rivera Goya y Dña. Cristina Cordón Compañ.

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