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Documento BORME-C-2025-6483

GOMATEC ESPAÑA SLU (SOCIEDAD ABSORBENTE)

FUJICAUCHO SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 7919 a 7919 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6483

TEXTO

En fecha 25 de noviembre de 2025, el socio único de GOMATEC España, S.L.U., ejerciendo las competencias de la Junta General Extraordinaria y Universal, ha adoptado la decisión de aprobar la fusión por absorción por parte de GOMATEC España, S.L.U. (Sociedad absorbente) de la mercantil Fujicaucho, S.L.U. (sociedad absorbida), mediante la transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, y disolución sin liquidación y extinción de la sociedad absorbidas.

La fusión se realiza en los términos del proyecto común de fusión aprobado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en fecha 20 de octubre de 2025, utilizando como balances de fusión de las sociedades intervinientes los cerrados a 31 de agosto de 2025.

Al hallarse Fujicaucho, S.L.U. íntegramente participada de forma directa por GOMATEC España, S.L.U., la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio, de modificaciones estructurales (en lo sucesivo la Ley). En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3, 5, 7 y 8 del artículo 40 del RDL 5/2023; (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión; (iii) el informe del órgano de administración (si bien sí se ha realizado informe destinado a los trabajadores); (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida. Del mismo modo, tampoco ha sido necesaria la previa publicación o depósito de los documentos exigidos por la Ley.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de fusión. A su vez, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley, los acreedores de cada una de las sociedades podrán realizar las actuaciones previstas en dicho artículo que resulten de aplicación, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 25 de noviembre de 2025.- Administradora Única de GOMATEC España, S.L.U. (sociedad absorbente) y Fujicaucho, S.L.U. (sociedad absorbida), Mariella Bonardi.

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