Está Vd. en

Documento BORME-C-2025-6485

SACRISTAN SELECCION, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

INVERSIONES GANADERAS LA NAVA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

INVERSIONES GANADERAS LA CAÑADA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

ABEJO TUREGANO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 7921 a 7921 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6485

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que con fecha 30 de junio de 2025 el Socio único común de las citadas sociedades, Rodrisa Capital, S.L., en Junta General Extraordinaria y Universal de Sacristán Selección, S.L.U. (como sociedad absorbente), y de Inversiones Ganaderas La Nava, S.L.U., Inversiones Ganaderas La Cañada, S.L.U. y Abejo Turégano, S.L.U., estas tres últimas como Sociedades Absorbidas, ha aprobado la fusión por absorción, mediante la absorción de las citadas tres sociedades, por parte de Sacristán Selección, S.L.U.

Esta operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto común de fusión, de fecha 30 de mayo de 2025, redactado y suscrito por los administradores de todas las sociedades intervinientes. Asimismo, se aprobó el balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha 30 de junio de 2025. Se trata de una fusión especial entre sociedades gemelas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas, según lo establecido en el artículo 56.1 del RDL 5/2023 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, dado que absorbente y absorbidas son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56, apartado 1º, del RDL 5/2023 está absorción se lleva a cabo con disolución y extinción sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquéllas. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia intervención de experto independiente. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance presentado, así como el derecho de protección de los acreedores conforme se recoge en el artículo 13 del mismo texto legal. Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del

RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Cuéllar, 30 de septiembre de 2025.- El Administrador único común de Sacristán Selección, S.L.U., Inversiones Ganaderas La Nava, S.L.U., Inversiones Ganaderas La Cañada, S.L.U. y Abejo Turégano, S.L.U, La mercantil RODRISA CAPITAL, S.L. por su representante permanente, Don Alberto Rodríguez Sacristán.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid