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Documento BORME-C-2025-6489

AZULEJOS DELGADO, S.A.U.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

SANTULLANO EXPANSIÓN, S.L.U.

AZULEJOS DELGADO, S.L.U.

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 7925 a 7925 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6489

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDLME"), se hace público que, el día 20 de noviembre de 2025, el socio único de AZULEJOS DELGADO, S.A.U. (en adelante, "Sociedad Escindida"), ha aprobado la Escisión Total, en favor de la sociedad SANTULLANO EXPANSIÓN, S.L.U. y de una sociedad de nueva creación que se constituirá con motivo de la Escisión bajo la denominación social AZULEJOS DELGADO, S.L.U. (en adelante, "Sociedades Beneficiarias" o "Sociedad Beneficiaria", indistintamente). Las sociedades participantes en la Escisión se encuentran íntegramente participadas, de forma directa, por el mismo socio, esto es, la sociedad JMDR WORK 2024, S.L. La referida Escisión Total conllevará la extinción, mediante la disolución sin liquidación, de la Sociedad Escindida, con división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales de transmitirá en bloque por sucesión universal a cada una de las Sociedades Beneficiarias.

El acuerdo de Escisión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Escisión Total redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la Escisión, con fecha 30 de junio de 2025.

Adicionalmente, se ha puesto a disposición de los trabajadores de las Sociedades Participantes, mediante su remisión por vía electrónica en fecha 10 de octubre de 2025, el Informe de los órganos de administración sobre las consecuencias de la Escisión para los trabajadores de las Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria ya existente, junto con el Proyecto Común de Escisión Total, a tenor de lo dispuesto en los apartados Quinto y Sexto del artículo 5 del RDLME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Proyecto y el Balance de Escisión, en cumplimiento del apartado Primero del artículo 10 del RDLME.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio, disponen del plazo de un mes para ejercitar las acciones previstas en los apartados Primero, Segundo y Tercero del artículo 13.1 del RDLME.

Igollo de Camargo, 24 de noviembre de 2025.- Administrador Único de Azulejos Delagdo, S.A.U, José Manuel Delgado Rodríguez.

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