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Documento BORME-C-2025-6498

SAT LA VALL DE SOSES NÚM. 829 CAT

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 7934 a 7934 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6498

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que la Asamblea General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad agraria de transformación denominada SAT LA VALL DE SOSES núm. 829 CAT, celebrada el 01 de noviembre de 2025, aprobó, por unanimidad de todos los socios, la transformación de la sociedad en Sociedad de Responsabilidad Limitada, que pasará a denominarse LA VALL DE SOSES, S.L., conservando su personalidad jurídica.

Todo ello conforme al proyecto de transformación redactado y suscrito por la Junta Rectora el día 1 de octubre de 2025. Asimismo, se aprobó por unanimidad el balance cerrado a 31 de octubre de 2025 como Balance de Transformación, así como la nueva redacción de los estatutos sociales adaptados a la nueva forma social, la sustitución de los resguardos nominativos por participaciones sociales y la adjudicación de una participación social por cada resguardo nominativo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto, no ha sido necesaria la publicación o depósito previo del proyecto de transformación ni de los restantes documentos exigidos por la ley ni el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones. Asimismo, se informa de que: todos los documentos exigidos legalmente (el proyecto de transformación, el balance de transformación, la certificación de estar al corriente en obligaciones fiscales y de Seguridad Social, y el informe del órgano de administración, en su caso) han sido incorporados o serán incorporados a la escritura pública de transformación, conforme a la normativa vigente; y los otorgantes manifiestan, bajo su responsabilidad, que el patrimonio de la sociedad cubre el capital social de la nueva Sociedad de Responsabilidad Limitada, quedando este totalmente desembolsado.

La sociedad no está obligada a auditar sus cuentas y, en consecuencia, no tiene la obligación legal de presentar informe de auditoría en el proceso de transformación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar que los socios y acreedores tienen derecho a obtener en el domicilio social el texto íntegro del acuerdo de transformación y el balance presentado.

Soses, 25 de noviembre de 2025.- Presidenta de la junta rectora, María Carmen Costa Escandil.

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