En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que el Socio Único de Serveis Funeraris d’Inca, S.L.U. (la "Sociedad Escindida") ha aprobado el 1 de diciembre de 2025, la escisión total de la referida sociedad, a favor de las sociedades ya existentes, Serveis Funeraris de Mallorca, S.L.U. ("SFM") y Elysius Europa, S.L. ("ELYSIUS") (las "Sociedades Beneficiarias"), en virtud de la cual, la Sociedad Escindida se disolverá sin liquidación, transmitiendo la totalidad de su patrimonio, en bloque, por sucesión universal, a las Sociedades Beneficiarias. Asimismo, se hace constar que el socio único de SFM, así como la Junta General de ELYSIUS, han aprobado, respectivamente, en la misma fecha 1 de diciembre de 2025 el proyecto de escisión, el balance de escisión, el informe de administradores sobre las consecuencias para el empleo y la atribución del patrimonio que, en virtud de la escisión, les corresponde.
Todo ello de conformidad con el proyecto común de escisión que fue redactado y firmado por los respectivos órganos de administración de las sociedades participantes el 30 de junio de 2025 (el "Proyecto de Escisión").
La Escisión se efectúa de conformidad con el RDL 5/2023 y, en particular, de acuerdo con el procedimiento simplificado previsto en los artículos 53 del RDL 5/2023, por remisión de lo dispuesto en los artículos 63 del RDL 5/2023, toda vez que ELYSIUS es titular de la totalidad de las participaciones en que se divide el capital social de la Sociedad Escindida.
Por su parte, la adjudicación a favor de SFM se efectúa al amparo del artículo 56 del RDL 5/2023, que remite a su vez a las normas previstas para la absorción de sociedades íntegramente participadas, aplicándose también el procedimiento simplificado de los artículos 53 y 63 del RDL 5/2023, dado que SFM es íntegramente participada por el mismo socio titular de la Sociedad Escindida, es decir, ELYSIUS.
En la medida que el acuerdo de escisión ha sido adoptado por el Socio Único de la Sociedad Escindida, la escisión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del RDL 5/2023, por lo que no ha sido necesario publicar o depositar los documentos exigidos por la ley.
De conformidad con los artículos 5 y 9.2 del RDL 5/2023, se hace constar que el informe del órgano de administración destinado a los trabajadores, suscrito por los órganos de administración de la Sociedad Escindida y las Sociedades Beneficiarias, de fecha 30 de junio de 2025, se ha puesto a disposición de los trabajadores de todas las sociedades intervinientes, sin que se hayan formulado alegaciones.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas y de los balances de escisión.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación del presente anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de escisión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1 del RDL 5/2023.
En Palma de Mallorca y Barcelona a, 1 de diciembre de 2025.- Los Administradores Solidarios de Serveis Funeraris de Mallorca, S.L.U., y Serveis Funeraris d’Inca, S.L.U., D. Josep Ventura Ustrell, D. Jorge Viñas Costa y D. Juan Ventura Ustrell, y D. Daniel Palacios Diez, representante persona física de Albia Gestión de Servicios, S.L., secretaria del Consejo de Administración de Elysius Europa, S.L.
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