Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se hace público que, el día 5 de diciembre de 2025, el socio único de "Lidon Real Estate, S.L.U." (la "Sociedad Absorbente"), con domicilio social en Madrid, Calle Lagasca, número 96, 28006; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, con IRUS 1000441327553 y provista de NIF B-75759373 ha aprobado la fusión por absorción por la sociedad Absorbente de "FdelaHoz 51, S.L.U."; con domicilio social en Madrid, Calle Lagasca, número 96, 28006; en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 9475, Folio 78, Hoja M-152.297, Inscripción 1ª y provista del NIF B-28915924 (la "Sociedad Absorbida" y, junto a la Sociedad Absorbente, las "Sociedades").
Así, la Sociedad Absorbente absorberá a la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, traspasando en bloque su patrimonio -esto es, la totalidad de los elementos que integran su activo y su pasivo- a la Sociedad Absorbente que, como sucesora universal, se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. Se hace constar que, al estar la Sociedad Absorbida íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, la fusión se acoge al procedimiento especial regulado en el artículo 53 RDL 5/2023.
Asimismo, se deja constancia de que, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1 del RDL 5/2023, en la medida en que el acuerdo de fusión se ha aprobado por el socio único de la Sociedad Absorbente, el acuerdo de fusión se adopta sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
En atención al artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión de las Sociedades.
En Madrid, 9 de diciembre de 2025.- D. Ginés-María Navarro Castaño, En su condición de administrador único de ambas Sociedades.
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