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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio por el que se aprueba el régimen jurídico aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 2 de diciembre de 2025, la junta general universal de la sociedad PROA PARTICIPACIONES, S.L. ("Sociedad Absorbente"), aprobó por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad INMO-CAM VIVIENDA JOVEN S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 10 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades implicadas cuentan con el régimen de protección establecido en el artículo 13 LME.
En Alicante, 2 de diciembre de 2025.- D. Jose Antonio Iturriaga Miñón consejero de la Sociedad Absorbente y representante persona física del administrador único de la Sociedad Absorbida, la también mercantil, Proa Participaciones, S.L.
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