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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDLME"), se hace público que con fecha 9 de diciembre 2025, el accionista único de Germaine de Capuccini, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente") y la junta general de socios de Mandor Investments, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), han decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado y firmado por los correspondientes órganos de administración de las sociedades participantes con fecha 26 de junio de 2025 (el "Proyecto"), de conformidad con el régimen simplificado regulado en el Capítulo II del Título II del RDLME (la "Fusión").
De conformidad con el artículo 56 LME, en la medida en que la Sociedad Absorbida es titular directa de todas las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente, son de aplicación los requisitos establecidos en el artículo 53 LME. Asimismo, de conformidad con el artículo 9 LME, la Fusión se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación.
La Fusión implica la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida con aportación en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, quedando ésta última subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, y todo ello con arreglo a los términos establecidos en el Proyecto.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, a los acreedores y representantes de los trabajadores o, en su caso, los propios trabajadores de cada una de las sociedades implicadas en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
En Alcoy (Alicante), 9 de diciembre de 2025.- Doña Lorena Vázquez Senin, La secretaria no consejera de los consejos de administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, con facultades especialmente delegadas al efecto.
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