Content not available in English
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 10.1 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otros, se transpone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace pública la decisión adoptada el 15 de diciembre de 2025 por el socio único de la sociedad Digi Spain Telecom, S.L.U. (la "Sociedad") de transformar la Sociedad en sociedad anónima, que, en lo sucesivo, pasará a denominarse "Digi Spain Telecom, S.A.U.". Asimismo, el socio único ha aprobado el correspondiente balance de transformación cerrado a 30 de junio de 2025 y sus correspondientes notas explicativas, el texto de los nuevos estatutos sociales adaptados a su nueva forma y denominación social, la conversión de las participaciones en acciones y la adjudicación de una acción por cada participación social al socio único y la ratificación del órgano de administración, entre otros.
Se deja constancia del derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el balance de transformación, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la Sociedad.
Asimismo, en cumplimiento del artículo 163.1 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace pública la decisión adoptada por el socio único de la Sociedad el 15 de diciembre de 2025 de modificar el objeto social de la Sociedad, quedando en consecuencia el artículo 3 del nuevo texto de los estatutos sociales de la Sociedad, relativo al objeto social, redactado como sigue:
"3. Objeto.
3.1 La sociedad tiene por objeto:
a) La dirección y gestión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes o no residentes en territorio español y la colocación de los recursos financieros derivados de las actividades constitutivas de dicho objeto social, mediante la correspondiente organización de medios materiales y personales. Se exceptúan las actividades expresamente reservadas por la Ley a las instituciones de inversión colectiva, así como las reservadas por la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión a las empresas de servicios de inversión.
b) La prestación de servicios de asesoramiento y apoyo a las entidades participadas.
c) La implantación, desarrollo, explotación, producción y comercialización de actividades, productos y servicios de telecomunicación o telemáticos, servicios de la sociedad de la información y multimedia o de valor añadido, para los que se encuentre habilitada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, o cualquier normativa que sea de aplicación, y en particular la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público, así como la producción y explotación de contenidos audiovisuales. La comercialización, promoción, distribución, consultoría, formación, importación y exportación, gestión de cobro y facturación, explotación, asistencia técnica, mantenimiento, cesión, investigación y desarrollo, implantación de sistemas y equipos de telecomunicaciones, informáticos, telefónicos, telemáticos y ofimáticos, así como sus productos y servicios y toda la actividad necesaria para poner a disposición de terceros una oferta integral y completa de los mismos, de conformidad con la normativa aplicable en materia de telecomunicaciones.
d) La planificación, diseño, construcción, despliegue, instalación, operación, gestión, optimización, reparación, soporte y mantenimiento, por su propia cuenta o por cuenta de terceros, de toda clase redes de comunicaciones electrónicas incluyendo redes fijas y móviles, así como de todo tipo de infraestructuras asociadas, vinculadas o que den soporte a dichas redes.
3.2 Quedan excluidas del objeto social aquellas actividades para las que la ley exija requisitos específicos que la sociedad no cumpla.
3.3 Las actividades integrantes del objeto social también pueden ser desarrolladas por la sociedad de modo indirecto, en cualquiera de las formas admitidas en Derecho y, en particular, a través de la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo.
3.4 Es igualmente objeto de la sociedad la gestión del grupo empresarial constituido por las sociedades participadas."
En Alcobendas, 15 de diciembre de 2025.- En calidad de consejero delegado de Digi Spain Telecom, S.L.U., D. Marius Catalin Varzaru.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid