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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, en fecha 9 de diciembre de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Maderas Santaella, S.L. ha acordado por unanimidad la escisión total de la Sociedad, que consistirá en la disolución sin liquidación de dicha Sociedad, dividiéndose su patrimonio en tres partes, por sucesión universal, a favor de las dos sociedades ya existentes FSN Activos Inmobiliarios, S.L. y Santaella Navas, S.L., que también aprobaron la escisión en sus respectivas Juntas Generales de fecha 9 de diciembre de 2025, y de la sociedad de nueva constitución Maderas Santaella S.L. que adoptará la denominación social de la sociedad escindida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión. Asimismo, los acreedores de las sociedades participantes en la escisión podrán ejercer los derechos que le confieren los artículos 13 y 14 del RDME, siendo además de aplicación el artículo 70 del RDME.
Málaga, 9 de diciembre de 2025.- Administrador Único de las sociedades Maderas Santaella, S.L., FSN Activos Inmobiliarios, S.L. y Santaella Navas, S.L, D. Atanasio Santaella Núñez.
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