Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023") se hace público que la Junta General de socios celebrada con de carácter de universal de "PEGASUS AVIACIÓN, S.A." (la "Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión mediante absorción de "PEGASUS OFF SHORE, S.A.U." (la "Sociedad Absorbida") por parte de la Sociedad Absorbente en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y suscrito por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha de 14 de noviembre de 2025 (el "Proyecto de Fusión").
La fusión implica la transmisión en bloque por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
Se pone de manifiesto que la presente operación de fusión se ha llevado a cabo de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023 por aprobarse por unanimidad de los socios con derecho de voto y en Junta Universal de la Sociedad Absorbente, sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores dirigido a los socios sobre el Proyecto de Fusión. Igualmente, se hace constar que el informe de los administradores dirigido a los trabajadores y a sus representantes, junto con el resto de la información indicada en el artículo 7 RDL 5/2023, ha sido puesta a disposición de los trabajadores con un mes de antelación a la celebración de la Junta General de la Sociedad Absorbente en la que está prevista que se acuerde la Fusión.
En la medida en que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente (siendo esta última titular de forma directa de todas las participaciones sociales de la Sociedad Absorbida) se aplica a la fusión el régimen establecido en el artículo 53 del RDL 5/2023 y, por ende, no resulta necesaria la aprobación de la fusión por parte del accionista único de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
En Palma del Río (Córdoba), 16 de diciembre de 2025.- El Administrador único de Pegasus Offshore S.A.U, D. Miguel Ángel Tamarit Almagro y el Consejero delegado de Pegasus Aviación, S.A., D. Antonio Fornieles Melero.
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