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Documento BORME-C-2025-6950

IMPUBLI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 241, páginas 8460 a 8460 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2025-6950

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la "Ley de Sociedades de Capital"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Impubli, S.A. (la "Compañía") celebrada el día 11 de diciembre de 2025 con carácter de Universal, ha acordado por unanimidad de la totalidad del capital social, una reducción del capital social por amortización de acciones propias.

En lo referente a la citada reducción de capital social, la Junta General ha acordado reducir el capital social de la Compañía en la cantidad de 164.655,97 euros, mediante la amortización de 27.397 acciones nominativas, totalmente suscritas y desembolsadas, que la Compañía poseía en régimen de autocartera, numeradas de la 200.551 a la 206.027, de la 250.325 a la 255.367, de la 309.825 a la 326.701, todas inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas; quedando fijado el capital social en la cantidad de 1.633.241,54 euros, dividido en 246.582 acciones nominativas, totalmente suscritas y desembolsadas, numeradas de la 1 a la 13.600; de la 20.578 a la 43.344, de la 70.893 a la 113.078; de la 113.937 a la 139.348, de la 156.688 a la 200.550, de la 206.028 a la 250.324, y de la 255.368 a la 309.824, todas ellas inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas.

Asimismo, como consecuencia de la reducción de capital y la amortización de las acciones indicadas, la Junta General ha acordado por unanimidad la renumeración correlativa de las acciones en circulación, de modo que las 246.582 acciones nominativas resultantes quedan numeradas correlativamente de la 1 a la 246.582, ambas inclusive, dejando sin efecto la numeración anterior.

En consecuencia, a los efectos de recoger estatutariamente la reducción de capital social acordada, la Junta General aprobó dar una nueva redacción al artículo 6º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

La finalidad de la reducción de capital social es exclusivamente la amortización de las citadas acciones propias previamente adquiridas por la Compañía, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 144.(a) de la Ley de Sociedades de Capital.

La reducción de capital social mediante la amortización de las acciones propias de la Compañía no comporta devolución de aportaciones a los accionistas por ser la propia Compañía la titular de las acciones que se amortizan.

Se hace constar expresamente que la reducción de capital se realiza con cargo a reservas de libre disposición y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 335.(c) de la Ley de Sociedades de Capital, el importe correspondiente al valor nominal de las acciones amortizadas se destinará a una reserva indisponible, de la que únicamente podrá disponerse con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social. En consecuencia, no procede el derecho de oposición de los acreedores de la Compañía previsto en el artículo 334 de la misma Ley.

Barcelona, 11 de diciembre de 2025.- Xavier González Dolz en representación de Eurostone Partners, S.L.U., como Administradora Única.

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