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De conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 21 de diciembre de 2025, los socios de Gerimport, S.L. (la "Sociedad Segregada") han aprobado la segregación de la rama de actividad de la Sociedad Segregada consistente en el comercio al por mayor de loza, cristal, porcelana y materiales similares a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, esta es, Gerimport El Botijero, S.L. (Sociedad Unipersonal) (la "Sociedad Beneficiaria"), en los términos establecidos en el proyecto de segregación de fecha 22 de junio de 2025.
El acuerdo de segregación se ha adoptado con aplicación del régimen de simplificación de los arts. 9.1, 71.2 y 53.1 (por remisión del art. 63) todos de la LME, pero respetando el informe de administradores en la sección dirigida a los trabajadores.
La segregación implica (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad Segregada integrado por la rama de actividad antes mencionada, a favor de la Sociedad Beneficiaria; y (ii) la atribución a la Sociedad Segregada de las participaciones sociales representativas del 100% del capital social de la Sociedad Beneficiaria.
A los efectos de lo previsto en el art. 10 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance presentado.
En Beniel (Murcia), 21 de diciembre de 2025.- Consejeros de Gerimport, S.L, D. Alfonso Rodríguez Serrano (presidente), D. Germán Rodríguez Serrano (vicepresidente) y D. David Rodríguez Serrano (vocal).
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