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Documento BORME-C-2025-7202

RECUPERACIONS I CONTENIDORS VALLES, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

GRUES I CONTENIDORS VALLES, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 248, páginas 8762 a 8762 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-7202

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, para, entre otras cuestiones, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el "RDL"), se hace público que, en fecha 29 de diciembre de 2025, la totalidad de los socios de "Recuperacions i Contenidors Valles (en adelante, la "Sociedad Absorbente") reunidos en junta general celebrada con carácter universal y la totalidad de los socios de "Grues i Contenidors Valles, S.L." (en adelante, la "Sociedad Absorbida") reunidos en junta general celebrada con carácter universal han acordado la fusión entre dichas sociedades, mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, con la consiguiente disolución y extinción de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del activo y pasivo de la Sociedad Absorbida, así como los derechos y obligaciones de la misma.

En adelante, la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida serán denominadas conjuntamente, las "Sociedades Intervinientes".

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de cada una de las Sociedades Intervinientes en fecha 25 de noviembre de 2025.

Asimismo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9.1 del RDL, los respectivos acuerdos o decisiones, según corresponda, relativos a la aprobación de la fusión han podido adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por el RDL.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDL, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y aumento de capital adoptados, así como de los balances de fusión de cada una de las Sociedades Intervinientes.

Asimismo, se hace constar el derecho de protección (y, en particular, a obtener garantías adecuadas) previsto en los artículos 13 y 14 del RDL que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades Intervinientes cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la presente publicación y que aún no hubieran vencido.

En La Seu d’Urgell (Lérida) a, 29 de diciembre de 2025.- Por la Sociedad Absorbente y por la Sociedad Absorbida, el Administrador Solidario, D. Jordi Vallés Ponsa, el Administrador Solidario, D. Ramón Vallés Cirici, y la Administradora Solidaria, Doña Montserrat Vallés Ponsa.

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