En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre materia de modificaciones estructurales de sociedades (en adelante, el "RD"), se hace público que, en fecha 7 de abril de 2026, la junta general de socios de EY TRANSFORMA SERVICIOS DE CONSULTORÍA, S.L. y el socio único de SUPPLY NEXUS, S.L.U., esto es, EY TRANSFORMA SERVICIOS DE CONSULTORIA, S.L., han aprobado la fusión por absorción de SUPPLY NEXUS, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida"), por parte de EY TRANSFORMA SERVICIOS DE CONSULTORÍA, S.L. (en adelante, la "Sociedad Absorbente") (conjuntamente, las "Sociedades Participantes"), la cual adquirirá, por sucesión universal y en bloque, todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio de la Sociedad Absorbida (la "Fusión").
Todo ello, de conformidad con los balances de fusión de las sociedades cerrados a 30 de noviembre de 2025, en el caso de la Sociedad Absorbida, y en el caso de la Sociedad Absorbente, cerrado a 30 de junio de 2025, todos ellos debidamente aprobados y auditados (en el caso de EY TRANSFORMA SERVICIOS DE CONSULTORIA, S.L.) y con el proyecto común de fusión suscrito y aprobado en fecha 19 de diciembre de 2025 por los órganos de administración de dichas sociedades, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 4 de febrero de 2026.
De conformidad con el artículo 10 del RD, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Participantes en la Fusión, de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y demás información exigida por el RD.
Asimismo, se hace constar que los acreedores cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la publicación del anuncio del acuerdo de fusión y no hubieran vencido en el momento de la publicación, podrán ejercitar los derechos de protección y adecuación de garantías previstos en los artículos 13 y 14 del RD, sin que ello implique la paralización de la Fusión, ni impida su inscripción en el Registro Mercantil.
En Madrid, 8 de abril de 2026.- Dña. María del Sol Zabala López-Gómez, en calidad de secretaria no consejera del consejo de administración de EY Transforma Servicios De Consultoria, S.L., y EY Transforma Servicios De Consultoria, S.L., representado por D. Ignacio Rel Pla, como administrador único de la sociedad Supply Nexus, S.L.U.
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