De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre, entre otras materias, Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la LME se hace público que las Juntas Generales de Accionistas de Oportunidad Bursátil SICAV S.A. y Eurobolsa Selección SICAV S.A., celebradas en segunda convocatoria con fecha 26 de marzo de 2026, acordaron por unanimidad aprobar la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Eurobolsa Selección SICAV S.A., que se disuelve sin liquidación, por parte de Oportunidad Bursátil SICAV S.A., que adquirirá en bloque y a título universal la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida.
La operación de fusión ha sido aprobada conforme al proyecto común de fusión suscrito con fecha 22 de octubre de 2025 por los Consejos de Administración de las dos sociedades intervinientes en la fusión, una vez obtenida la correspondiente autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 21 de noviembre de 2025.
El referido proyecto de fusión fue insertado en la página web de Oportunidad Bursátil SICAV S.A. y Eurobolsa Selección SICAV S.A. www.andbank.es/wealthmanagement con fecha 27 de noviembre de 2025. Asimismo, la inserción del proyecto común de fusión en la citada página web fue objeto de publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el día 12 de febrero de 2026 en el caso de Oportunidad Bursátil, SICAV S.A., y el día 13 de febrero de 2026 en el caso de Eurobolsa Selección SICAV S.A.
La fusión se realiza tomando como balances de fusión los de las dos sociedades intervinientes cerrados a 30 de septiembre de 2025, que han sido aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas con fecha 26 de marzo de 2026, si bien la situación patrimonial que reflejan dichos balances únicamente deberá ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje definitiva será la que resulte de los valores liquidativos por acción y del número de acciones en circulación correspondientes al día anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, apartado 3º, de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las dos sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de cada una de las citadas sociedades podrán ejercer sus derechos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la LME.
Madrid, 16 de abril de 2026.- El Vicesecretario no Consejero de los Consejos de Administración de Oportunidad Bursátil, SICAV S.A. y Eurobolsa Selección, SICAV, S.A, Álvaro Senés Motilla.
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