Se convoca Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Gráfica, S.A. a celebrar en el domicilio social, el 29 de mayo de 2026, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y bajo el siguiente.
Orden del día
JUNTA ORDINARIA
Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio 2025.
Segundo.- Aprobación, en su caso, de la gestión social del órgano de administración durante el ejercicio 2025.
Tercero.- Aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio 2025.
Cuarto.- Aprobación, en su caso, de la propuesta aprobación, si procede, del balance de transformación de la Sociedad.
Orden del día
JUNTA EXTRAORDINARIA
Primero.- Aprobación, si procede, de la transformación de la Sociedad de su actual forma de Sociedad Anónima a Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Segundo.- Aprobación, si procede, de los nuevos Estatutos Sociales que regirán la Sociedad bajo su nueva forma de Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los accionistas.
Tercero.- Cese, nombramiento o, en su caso, confirmación de los miembros del órgano de administración, adaptando su estructura a la nueva forma social y a los nuevos Estatutos.
Cuarto.- Delegación de facultades en el órgano de administración, tan amplias como en derecho sea necesario, para la formalización, subsanación, ejecución e inscripción de los acuerdos adoptados, así como para su elevación a público.
Quinto.- Ruegos y preguntas.
Sexto.- Redacción, lectura y, en su caso, aprobación del acta de la Junta.
Los accionistas tienen derecho a examinar en el domicilio social, los documentos sometidos a aprobación y el informe del texto íntegro de las modificaciones propuestas, y a solicitar su entrega o envío gratuito en los términos de los artículos 272 y 287 de la LSC. Asimismo, los accionistas pueden ejercer su derecho de información en los términos del 197 de la LSC. Derecho de Separación: Se recuerda a los señores accionistas que, en virtud de la normativa aplicable a la transformación de sociedades, aquellos que no voten a favor del acuerdo de transformación tendrán derecho a separarse de la Sociedad, obteniendo el reembolso del valor razonable de sus acciones. Este derecho deberá ejercitarse en los plazos y formas legalmente establecidos.
Esplugues de Llobregat (Barcelona), 22 de abril de 2026.- Administrador Solidario, Gloria Fatjó Parés.
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