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Documento BORME-C-2026-1691

OLMO 324 ASSET MANAGEMENT, S.L.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 83, páginas 2232 a 2232 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-1691

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, [...] de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales"), se anuncia que el Socio Único de la sociedad Olmo 324 Asset Management, S.L., Sociedad Unipersonal ("la Sociedad"), esto es, la mercantil "Daria 323 Corporate Services Socimi, S.A." (el "Socio Único"), ha aprobado con fecha 30 de abril de 2026, la transformación de la Sociedad en una sociedad anónima, conservando su personalidad jurídica (la "Transformación") y pasando a denominarse OLMO 324 ASSET MANAGEMENT, S.A., Sociedad Unipersonal. Todo ello ajustándose estrictamente al proyecto de transformación redactado y suscrito por el Consejo de Administración de la Sociedad el 09 de febrero de 2026 (el "Proyecto de Transformación"). Se deja constancia expresa de que la cifra de capital social permanece inalterada y que el valor nominal de las acciones será el mismo que el de las antiguas participaciones.

Asimismo, se hace constar que el Socio Único ha aprobado el balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2025 como balance de transformación, así como el informe emitido por el Consejo de Administración al amparo del artículo 20.3.1º del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, del que resulta que no se han producido modificaciones patrimoniales significativas ni sustanciales que exijan la alteración del Proyecto de Transformación. Igualmente, el Socio Único ha aprobado el nuevo texto de los estatutos sociales de la Sociedad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar que, dado que la Sociedad es unipersonal y la Transformación ha sido adoptada por decisión del Socio Único, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, ni anunciar la posibilidad de formular observaciones, ni redactar informe del órgano de administración sobre el Proyecto de Transformación.

Sin perjuicio de lo anterior, y teniendo en cuenta que la Sociedad se transforma de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad anónima, se ha contado con el correspondiente informe de experto independiente.

Asimismo, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación adoptado y del balance presentado.

Madrid, 30 de abril de 2026.- Secretaria del Consejo de Administración, Alicia Selvi Domínguez.

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