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Documento BORME-C-2026-1865

REALIA PATRIMONIO, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

PLANIGESA, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 2446 a 2446 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-1865

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el RDL 5/2023), se hace público que el socio único de Realia Patrimonio, S.L.U. (Realia Patrimonio) y el socio único de Planigesa, S.A.U. (Planigesa) han aprobado con fecha 6 de mayo de 2026, la fusión por absorción en virtud de la cual Planigesa (sociedad absorbida) será absorbida por parte de su sociedad dominante Realia Patrimonio (sociedad absorbente), con la consiguiente disolución (sin liquidación) y extinción de la primera, transmitiendo en bloque todo su patrimonio a Realia Patrimonio, adquiriendo esta última por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Planigesa (la fusión).

El socio único de Realia Patrimonio y el socio único de Planigesa han aprobado los correspondientes balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2025 y el proyecto común de fusión (el proyecto), en su integridad y sin modificación alguna, redactado, aprobado y suscrito por el administrador único de Realia Patrimonio y el administrador único de Planigesa el día 4 de mayo de 2026.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/ 2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las acciones en las que se divide el capital de la sociedad absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar, sobre la base de lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los respectivos balances de la fusión. Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el RDL 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023.

Madrid, 6 de mayo de 2026.- Representante persona física de Realia Business, S.A. en su condición de administrador único de Realia Patrimonio, S.L.U.; y de Realia Patrimonio, S.L.U. en su condición de administrador único de Planigesa, S.A.U., Dña. Ana María Hernández Gómez.

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