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Documento BORME-C-2026-20

IVI RMA GLOBAL, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

EQUIPO IVI, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 22 a 23 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-20

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (RDL de Modificaciones Estructurales), se hace público que el socio único de IVI RMA Global, S.L.U. (la Sociedad Absorbente), esto es, KKR Inception Bidco, S.L.U., ha aprobado en fecha de hoy, 2 de enero de 2026, la fusión entre la Sociedad Absorbente y Equipo IVI, S.L.U. (la Sociedad Absorbida y, junto con la Sociedad Absorbente, las Sociedades Participantes), mediante la transmisión en bloque, por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, con la consiguiente sucesión en todas las relaciones jurídicas y la extinción de la Sociedad Absorbida, la cual se disolverá sin posterior liquidación (la Fusión). Todo ello ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Participantes el 1 de diciembre de 2025 (el Proyecto Común de Fusión).

Se hace constar que el valor neto del patrimonio transmitido de la Sociedad Absorbida a favor de la Sociedad Absorbente se abonará íntegramente a reservas de la Sociedad Absorbente y, en consecuencia, la Sociedad Absorbente no aumentará su capital social ni creará participaciones sociales.

A los efectos del artículo 40.6º del RDL de Modificaciones Estructurales, se hace constar que la fecha de efectos contables de la Fusión se ha fijado en el día 1 de enero de 2026, esto es, desde el inicio del ejercicio contable en el cual es aprobada la Fusión.

A los efectos anteriores, se pone de manifiesto que la Fusión se realizará conforme al procedimiento regulado en el artículo 53.1 del RDL de Modificaciones Estructurales, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbida es una sociedad íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, pudiendo acogerse por ello al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 53.1.4º del RDL de Modificaciones Estructurales, dado que (i) la Sociedad Absorbente es una sociedad unipersonal y, por consiguiente, la Fusión fue necesariamente aprobada en junta universal y por unanimidad, y (ii) no existiendo ninguna otra persona que, de conformidad con la ley o los estatutos sociales de la Sociedad Absorbente, pudiese ejercer legítimamente el derecho de voto, no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto Común de Fusión ni los restantes documentos previstos en el artículo 46 del RDL de Modificaciones Estructurales. Por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto Común de Fusión previsto en el artículo 7.1.2º del RDL de Modificaciones Estructurales.

Se hace constar, a los efectos legales oportunos, que los derechos de información de los trabajadores sobre la Fusión no han sido restringidos por el hecho de que la Fusión haya sido aprobada por el socio único de la Sociedad Absorbente, ejerciendo las competencias propias de la junta general de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital.

Asimismo, de conformidad con el artículo 10 del RDL de Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Participantes en la Fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances presentados, así como el derecho que asiste a los acreedores de conformidad con el artículo 13 del RDL de Modificaciones Estructurales.

Valencia, 2 de enero de 2026.- El Presidente del Consejo de Administración de IVI RMA Global, S.L.U., y del Consejo de Administración de Equipo IVI, S.L.U., Javier Sánchez-Prieto Alcázar.

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