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Documento BORME-C-2026-205

MOGACAR DE AUTOMOCION, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE Y BENEFICIARIA)

AUTO GIRONA, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

MASTERNOU, S.A.U.

(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 14, páginas 234 a 235 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2026-205

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de las mercantiles "Mogacar de Automocion, S.L.U." (la "Sociedad Absorbente y Beneficiaria"), "Auto Girona, S.A.U." (la "Sociedad Absorbida") y "Masternou, S.A.U." (la "Sociedad Parcialmente Escindida"), la mercantil "Master Automocion, S.L.", en ejercicio de las competencias de la Junta General de dichas sociedades, ha aprobado en fecha 1 de diciembre de 2025 de forma unánime la modificación estructural compleja de las mencionadas sociedades, en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión por Absorción y Escisión Parcial redactado y formulado por el Órgano de Administración con fecha 10 de septiembre de 2025.

La operación aprobada consiste en:

1. La fusión por absorción de "Auto Girona, S.A.U." por parte de "Mogacar de Automocion, S.L.U.". La fusión implica la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que quedará disuelta sin liquidación y extinguida como consecuencia de la fusión.

2. La escisión parcial de "Masternou, S.A.U.", mediante la cual esta sociedad segrega una parte de su patrimonio que constituye una rama de actividad económica autónoma (el negocio de concesionario oficial de venta y postventa de vehículos de la marca Mazda), transmitiéndola en bloque a "Mogacar de Automocion, S.L.U.", sin que la Sociedad Parcialmente Escindida se extinga.

Como fecha de efectos contables de la fusión y de la escisión se fija el día 1 de enero de 2026, habiendo sido aprobados como Balances de fusión y escisión los cerrados a 31 de marzo de 2025 por el socio único. Por ello, las operaciones que se realicen por la Sociedad Absorbida y las correspondientes a la rama de actividad escindida desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de inscripción de la operación en el Registro Mercantil, se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente y Beneficiaria, todo ello conforme al Proyecto Común.

A los efectos de lo previsto en los artículos 53 y 71 de la LME, se hace constar que las tres sociedades participantes están íntegramente participadas de manera directa por el mismo socio único, "Master Automocion, S.L.".

Al haberse adoptado la decisión por el socio único de todas las sociedades participantes, en ejercicio de las competencias de la junta general, la fusión y escisión se realizan conforme al procedimiento de decisión unánime regulado en el artículo 9 de la LME, en conexión con los regímenes simplificados de los artículos 53 y 71 del mismo texto legal. Por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común en el Registro Mercantil, ni la elaboración de los informes de los administradores ni de expertos independientes sobre aquel.

En cumplimiento del artículo 10 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los respectivos balances de fusión y escisión.

Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la fusión y a la escisión, en los términos establecidos en el artículo 13 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha del último anuncio del acuerdo.

Castellón de la Plana, 19 de enero de 2026.- El Administrador Único de Mogacar de Automocion, S.L.U. Auto Girona, S.A.U. y Masternou, S.A.U. Miguel Ángel García Moreta.

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