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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de Welikehotel Sociedad Limitada Unipersonal (la "Sociedad Escindida Parcialmente"), ejerciendo las competencias de la Junta General de dicha sociedad, con fecha 20 de abril de 2026, ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de la sociedad de Nueva Creación Hotel Fénix Arenal Sociedad Limitada (la "Sociedad Beneficiaria").
La escisión parcial implicará la transmisión en bloque, por sucesión universal de la parte del patrimonio que constituye la rama de actividad de hostelería, en los términos del proyecto de escisión aprobado por el socio único de la Sociedad Escindida, sin que la Sociedad Escindida se extinga como consecuencia de la escisión.
Se trata de una escisión parcial simplificada, al tratarse una escisión por constitución de nueva sociedad cuyas participaciones son asignadas al socio único de la sociedad escindida. De conformidad con el artículo 71 del RDL 5/2023. no es necesario el informe de expertos independiente, ni el informe del administrador, ni el balance de escisión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste al socio y los acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, dirigiéndose al domicilio social de la Sociedad Escindida.
Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que les corresponde a los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales del artículo 13 del RDL 5/2023, los cuales podrán ejercitar en el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación que se realice del presente anuncio, según se establece en la legislación vigente.
Palma de Mallorca, 8 de mayo de 2026.- Administradora única de Welikehotel Sociedad Limitada Unipersonal, María Mercedes Gutiérrez Canals.
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