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Documento BORME-C-2026-260

TEKNEI INFORMATION TECHNOLOGY, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

TEKNEI LAB, S.L.U.

CHECK IT BANCARIO, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 18, páginas 297 a 297 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-260

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto- ley 5/2023 de 28 de junio ("LME") se hace público que Grupo Teknei It, S.L., socio único de "Teknei Information Technology, S.L.U.", aprobó el día 13 de enero de 2026 la fusión por absorción por la que "Teknei Information Technology, S.L.U." ("Sociedad Absorbente"), absorbe a "Teknei Lab, S.L.U." y "Check It Bancario, S.L.U." ("Sociedades Absorbidas"), así como el Balance de Fusión de fecha 30 de septiembre de 2025.

La fusión se realiza conforme al procedimiento regulado en el artículo 9 de la LME que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las Sociedades a Fusionar con fecha 30 de diciembre de 2025. Como consecuencia de la fusión, se produce la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas con el traspaso en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

Se deja expresa constancia de que la fusión se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en los artículos 9 y 53.1 de la LME, dado que las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, esto es Teknei Information Technology, S.L.U. En consecuencia, en aplicación del artículo 53.1 de la LME, no habrá tipo de canje ya que la sociedad absorbente no amplía su capital social. Asimismo, en aplicación del artículo 9 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin publicar o depositar en la web de las sociedades intervinientes en la fusión o, en su defecto, en el Registro Mercantil los documentos exigidos por la Ley, siendo incorporados en la escritura de fusión.

De conformidad con los artículos 10 y 13 de la LME, se hace constar: (i) el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del Acuerdo de Fusión, así como los Balances de Fusión de las sociedades; y (ii) el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión dentro del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del Acuerdo de Fusión, en los términos del artículo 13 de la LME.

Por último, se hace constar el derecho de trabajadores de las sociedades participantes en la fusión a examinar en el domicilio social copia íntegra de los documentos a que hace referencia el artículo 46 de la LME referidos a la fusión, así como de obtener la entrega o el envío gratuitos de los mismos por medio electrónicos de un ejemplar de cada uno de ellos.

En Bilbao a, 14 de enero de 2026.- Administrador único de Teknei Information Technology, S.L.U. y de Check It Bancario, S.L.U., D. Rafael Alejandro López Gutiérrez. Representante persona física de Grupo Teknei It, S.L., administrador único de Teknei Lab, S.L.U, D. Rafael Alejandro López Gutiérrez.

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