En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición, entre otras, de la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el RDL 5/ 2023), se hace público que el socio único de Euskadema, S.L.U. y el socio único de Ingeniería XXI, S.L.U. ha decidido con fecha 8 de mayo de 2026, la fusión por absorción de ambas en virtud de la cual Euskadema, S.L.U. (sociedad absorbente) absorberá a su sociedad dominante Ingeniería XXI, S.L.U. (sociedad absorbida), con la consiguiente disolución (sin liquidación) y extinción de la segunda, transmitiendo en bloque todo su patrimonio a la primera, adquiriendo aquella por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Ingeniería XXI. El socio único de Euskadema y el socio único de Ingeniería XXI han aprobado los correspondientes balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2025 y el proyecto común de fusión, en su integridad y sin modificación alguna, redactado, aprobado y suscrito por el consejo de administración de la primera y el administrador único de la segunda el día 8 de mayo de 2026.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/ 2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbida es titular de forma directa de todas las participaciones en las que se divide el capital de la sociedad absorbente, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley. Se hace constar, sobre la base de lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/ 2023, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los respectivos balances de la fusión. Se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del RDL 5/2023.
Vitoria-Gasteiz, 20 de mayo de 2026.- Secretario del consejo de administración de Euskadema, S.L.U. y administrador único de Ingeniería XXI, S.L.U, Juan Antonio Rico San Vicente.
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