De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General de Caledonia Sociedad de Valores, S.A. (la "Sociedad"), celebrada el 21 de mayo de 2026, acordó llevar a cabo una operación de reducción y ampliación simultáneas de capital (operación acordeón), en los siguientes términos:
1. Reducción de capital social
La Junta General acordó reducir el capital social de la Sociedad mediante la amortización y anulación de un millón cuatrocientas ochenta y nueve mil setecientas setenta y cuatro (1.489.774) acciones nominativas, de un euro (1€) de valor nominal cada una de ellas, quedando fijada la cifra de capital social en un millón treinta y siete mil ochocientos veintiséis euros (1.037.826€).
La reducción, que queda condicionada a la ejecución del aumento simultáneo del capital de la Sociedad previsto en el apartado siguiente, tiene por única finalidad el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas. En consecuencia, se excluye el derecho de oposición de los acreedores y por tanto no es necesario el transcurso del plazo de un mes para que se pueda ejecutar la reducción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
2. Aumento de capital social
Simultáneamente a la reducción de capital, la junta general acordó aumentar el capital social de la Sociedad en la cantidad de doscientos ochenta y tres mil novecientos setenta y seis euros (283.976€), mediante la emisión y puesta en circulación de doscientas ochenta y tres mil novecientas setenta y seis (283.976) acciones nominativas, de un euro (1€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1.037.827 a la 1.321.802, ambas inclusive, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, junto con una prima de emisión total de setenta y tres mil ochocientos cincuenta y dos euros (73.852€).
El contravalor del aumento del capital consiste en aportaciones dinerarias. El desembolso del nominal de las nuevas acciones y de su prima de emisión se producirá de forma total con anterioridad al otorgamiento de la escritura de ejecución del aumento de capital.
En la propia Junta General, celebrada con carácter universal, la totalidad de los accionistas, presentes o debidamente representados, acordaron por unanimidad la ejecución de la ampliación de capital y el ejercicio, en su caso, del derecho de suscripción preferente, dejando constancia expresa de su renuncia al plazo legal para su ejercicio.
3. Modificación de Estatutos Sociales
Ambos acuerdos de reducción y ampliación de capital simultáneos fueron adoptados en unidad de acto e implicaron la modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo al capital social.
Madrid, 21 de mayo de 2026.- La secretaria del Consejo de Administración, Dña. Rocío Pineda Martínez.
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