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Documento BORME-C-2026-2851

EVERYONE PLUS, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ENTRECOMILLAS COMUNICACIÓN, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 3645 a 3645 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-2851

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 13 y 56.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Universales de las citadas sociedades, celebradas el día 14 de mayo de 2026, aprobaron, por unanimidad, la fusión inversa por absorción de ENTRECOMILLAS COMUNICACIÓN, S.L., con CIF B86336112 y EVERYONE PLUS, S.L., con CIF B86336351, como sociedad absorbente, con extinción, vía disolución sin liquidación, de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de aquella.

La operación se realiza como supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, al ser la sociedad absorbida titular de forma directa o indirecta de todas las participaciones sociales de la sociedad absorbente, de conformidad con el artículo 56.1 del Real Decreto-ley 5/2023.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances presentados, en los términos previstos en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023.

Asimismo, se hace constar que los acreedores cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del correspondiente proyecto o, en caso de no ser necesaria dicha publicación, con anterioridad a la publicación del acuerdo de fusión o a la comunicación individual del mismo, podrán ejercer los derechos previstos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, dentro del plazo de un mes para las operaciones internas, en los términos legalmente establecidos. El ejercicio de tales derechos no paralizará la fusión ni impedirá su inscripción en el Registro Mercantil.

Madrid, 14 de mayo de 2026.- El Presidente y el Secretario de los Consejos de Administración de ambas sociedades, D. Antonio José Ayala Alonso y D. Jesús Manuel Moreno Pascual.

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