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Documento BORME-C-2026-2857

VI.BRU, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

AREA VILASECA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 3653 a 3653 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-2857

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante LME), se hace público que en fecha 14 de mayo de 2026, en Junta General Extraordinaria, los socios de la sociedad "AREA VILASECA, S.L." aprobaron, con el voto a favor del 89,993% y con la abstención del 10,007% restante, la fusión por absorción inversa de "AREA VILASECA, S.L." (Sociedad Absorbida), a favor de "VI.BRU, S.A.U." (Sociedad Absorbente), con efectos económicos y contables desde el día 31 de enero de 2026, siendo de aplicación el régimen legal simplificado previsto en la LME, con las especificidades previstas en los artículos 53 y 56 de la LME.

Mediante esta operación de fusión inversa, la Sociedad Absorbida, esto es "AREA VILASECA, S.L.", se extinguirá, a través de su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión, en bloque y por sucesión universal, de todos los derechos y obligaciones integrantes de su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente, esto es, "VI.BRU, S.A.U.", cuya condición de sociedad unipersonal se verá afectada por la operación, realizándose la fusión en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores Únicos de ambas sociedades en fecha 26 de febrero de 2026, utilizando como balances de fusión aquellos cerrados a 31 de enero de 2026 de ambas sociedades.

Se deja constancia de que, al tratarse de un supuesto asimilado a la fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, en el que la sociedad absorbida es titular de forma directa del 100 por 100 de las participaciones sociales de la sociedad absorbente, y al haber sido aprobada en Junta General Extraordinaria, con el voto a favor del 89,993% y con la abstención del 10,007%, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 53 de la LME por remisión a éste por parte del artículo 56 de la LME, no ha sido necesaria la inclusión en el proyecto de fusión de aquello a lo que se refiere el artículo 53 de la LME, ni los informes de los administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, ni el aumento de capital de la sociedad absorbente, ni anuncio de convocatoria de Junta por la que se acordó la fusión.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la LME se publica el presente anuncio de fusión, haciéndose constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión aprobados y de ejercitar los demás derechos que les concede la LME.

Manresa, 14 de mayo de 2026.- Administrador Único de Vi.Bru SAU y de Area Vilaseca SL, Jordi Vilaseca Brugueras.

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