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Documento BORME-C-2026-2865

ZENIT BARASOAIN, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE Y ESCINDIDA)

HOSTELERÍA Y NEGOCIOS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

PREDIOS HOTELEROS, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

MG INVERSIONES HOTELEROS, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA).

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 3661 a 3662 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2026-2865

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles —en adelante, LME—, se hace público que las sociedades Zenit Barasoain, S.L., y Hostelería y Negocios, S.L., en sus respectivas juntas generales extraordinarias y universales de socios de fecha 26 de diciembre de 2026, aprobaron por unanimidad la ejecución simultánea de las siguientes operaciones societarias reguladas en la LME:

I. Fusión por absorción de Zenit Barasoain, S.L., que actúa como sociedad absorbente, y Hostelería y Negocios, S.L., que actúa como sociedad absorbida, la cual se disuelve sin liquidación, traspasando en bloque todo su patrimonio a la sociedad Zenit Barasoain, S.L., que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio.

II. Escisión parcial de la sociedad Zenit Barasoain, S.L., que actúa como sociedad escindida, a favor de las sociedades de nueva creación Predios Hoteleros, S.L., y MG Inversiones Hoteleros, S.L., que actúan ambas como sociedades beneficiarias. Zenit Barasoain, S.L., transmitirá en bloque a la sociedad beneficiaria Predios Hoteleros, S.L., el 100 % de las participaciones en que se compone el capital social de la mercantil Zenit Abeba, S.L., y a la sociedad beneficiaria MG Inversiones Hoteleros, S.L., el 100 % de las participaciones en que se compone el capital social de la mercantil Apaczai, K.F.T.

Todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión por absorción y escisión parcial simultánea, redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes, de fecha 22 de diciembre de 2025.

La fusión y escisión simultánea se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado en el artículo 9 LME, que ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores de todas las sociedades con fecha 22 de diciembre de 2025. De conformidad con el artículo 9 LME, el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Las mencionadas operaciones de fusión y escisión simultánea se acogen al régimen fiscal sobre fusiones, escisiones y canje de activos establecido en el capítulo VIII del título VIII de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptados, de los balances de fusión y escisión y demás documentos legalmente establecidos, mediante su envío o entrega gratuita. Asimismo, en aplicación del artículo 11, en relación con los artículos 13 y concordantes del citado texto legal, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión y escisión simultánea.

Tudela, 13 de marzo de 2026.- Admisntiradores mancomunados, Florencio-Pablo Catalán Diaz y María-Teresa Gil Cacho.

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