De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, el "RD 5/2023"), se hace público que, en fecha 28 de abril de 2026, el socio único de Cinicrom, S.L.U. y el socio único de Cinicrom Palau, S.L.U. aprobaron la fusión por absorción de Cinicrom Palau, S.L.U. por parte de Cinicrom, S.L.U.
Se pone de manifiesto que a la referida fusión le resulta de aplicación el procedimiento simplificado establecido en el artículo 53.1. del RD 5/2023, dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente.
La fusión implica la extinción, vía disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida y la transmisión de la totalidad de su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los respectivos balances de fusión.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del presente anuncio de fusión, a solicitar del Registrador Mercantil, y en el plazo de un (1) mes, que nombre a un experto independiente para que emita un informe respecto de las garantías ofrecidas a los acreedores, todo ello en los términos y con los efectos legalmente previstos de conformidad con el artículo 13 del RD 5/2023.
Barcelona, 22 de mayo de 2026.- La administradora única de Cinicrom, S.L.U. y Cinicrom Palau, S.L.U.: Jordan Martorell, S.L., representada por Don José Luis Plana Arnés.
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