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Documento BORME-C-2026-3269

EKHI ENERGY, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

EKHI ENERGY 6 S.L.U. EKHI ENERGY 13 S.L.U. EKHI ENERGY 16 S.L. U. EKHI ENERGY 20 S.L.U. EKHI ENERGY 22 S.L.U. EKHI ENERGY 25 S.L.U. EKHI ENERGY 29 S.L.U. EKHI ENERGY 31 S.L.U. EKHI ENERGY 33 S.L.U. SISTEMAS ENERGÉTICOS ARGESTES S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 107, páginas 4152 a 4153 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-3269

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (la "LME"), se hace público que, en fecha 28 de mayo 2025, el socio único de la Sociedad Absorbente, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General, ha aprobado la fusión por absorción de EKHI Energy 6, S.L (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 13, S.L. (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 16, S.L. (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 20, S.L. (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 22, S.L. (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 25, S.L. (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 29 S.L. (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 31, S.L (Sociedad Unipersonal), EKHI Energy 33, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Sistemas Energéticos Argestes, S.L. (Sociedad Unipersonal) (Sociedades Absorbidas) a favor de, EKHI Energy, S.L.U. (Sociedad Absorbente), mediante transmisión a título universal del patrimonio a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación o extinción de las Sociedades Absorbidas.

El referido acuerdo ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes en fecha 31 de marzo de 2026.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 56 de la LME, en relación con el artículo 53, al tratarse de una fusión por absorción en la que Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. Se hace constar que, conforme al artículo 7 de la LME, los administradores de las sociedades participantes procedieron a insertar en la web de las sociedades participantes el proyecto de fusión y correspondiente anuncio informativo. Asimismo, se pone de manifiesto que, conforme al artículo 9 de la LME, el acuerdo de fusión se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de fusión dirigido a los socios. No obstante, se hace constar que se ha cumplido con la obligación prevista de información a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión proyectada y se ha tomado en consideración el informe de los administradores sobre los efectos que pudiera tener la operación sobre el empleo de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 de la LME. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 de la LME.

En Madrid, 28 de mayo de 2026.- Don Jeep Douwe-Heida representante persona física de EKHI Procurement, S.L. Administrador Único de la sociedad absorbente y Don Willem Jan Tjerk Schutte representante persona física de EKHI Energy, S.L.U. Administrador Único de las sociedades absorbidas.

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