De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan, entre otras, determinadas medidas de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Junta Generales de Socios de las Sociedad Absorbente y Absorbida celebrada el día 6 de abril de 2026, acordó por unanimidad la Fusión por Absorción de NORTE 31 S.L. como sociedad absorbente e CARLOS CATALÁN S.L. como sociedad absorbida, mediante la disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida, y con la consiguiente transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones que componen el patrimonio social de la absorbida.
El acuerdo de Fusión se realiza conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 del RDL 5/2023 que ha sido adoptado conforme al Proyecto de Fusión de fecha 4 de marzo de 2026 redactado por el Administrador Único de la sociedad absorbente y por el Administrador Único de la sociedad absorbida. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto Ley 5/2023, el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión, no habiéndose restringido los derechos de información de los trabajadores sobre la modificación estructural.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 se hace constar el derecho que asiste al socio y a los acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como los respectivos balances de fusión.
Lo anterior se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Ley 5/2023 para el ejercicio de los derechos que les correspondan
Por último, se hace constar igualmente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades a ejercitarlas acciones previstas en el artículo 13.1 apartados 1º, 2º y 3º en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.
Marcilla y Tudela, 6 de mayo de 2026.- Anizi Catalán 31 S.L, administrador único de NORTE 31 S.L, Y Don David Catalán Ibarrola, administrador único de CARLOS CATALÁN S.L.
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