Contido non dispoñible en galego
Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del vigente Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otros, se traspone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales ("RDLME"), se hace público que, con fecha 18 de junio de 2026, las Juntas Generales de ACUTE CREATIVE WORKSHOP, S.L. ("Sociedad Absorbente") y MILTI GROUP, S.L. ("Sociedad Absorbida") aprobaron en Junta Universal y por unanimidad la fusión por absorción en virtud de la cual la Sociedad Absorbente absorbe a la Sociedad Absorbida, produciéndose la disolución sin liquidación de ésta, traspasando en bloque, a título universal, la totalidad de su patrimonio a favor de la primera.
De conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 41 del RDLME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por dicha norma, y sin que resulte preceptivo el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión ni el informe de experto independiente.
De acuerdo con el artículo 10.1 del RDLME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
En Madrid, el, 18 de junio de 2026.- Los administradores solidarios de Acute Creative Workshop, S.L., D. Romain Gilbert Georges Herfort, D. José Adolfo Santana Ponce de León, y D. Mario Vega Tamayo, Y el administrador único de Milti Group, S.L., D. Fernando Crespo Sánchez.
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