Contido non dispoñible en galego
Se hace público que el socio único de la compañía mercantil S’AUGUER 80, S.L.U., en ejercicio de las competencias de la Junta General de Socios celebrada el día 4 de mayo de 2026, ha decidido la escisión total de S’AUGUER 80, S.L.U., mediante el traspaso en bloque por sucesión universal, como consecuencia de su disolución sin liquidación, de todo su patrimonio social en favor de tres sociedades de nueva creación, con la forma jurídica de sociedad limitada, que se han constituido simultáneamente y tienen la denominación social de S’AUGUER 80 2.0, S.L.U., BOUERA 10, S.L.U. y MARIMURTRA, S.L.U., siendo el socio único de todas ellas el mismo que el que lo era de S’AUGUER 80, S.L.U..
Todo ello de conformidad con el proyecto de escisión y sus anexos redactado y suscrito por el órgano de administración el día 1 de abril de 2026 que, asimismo, fue aprobado por el socio único, constando en los acuerdos el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido, respectivamente, a cada una de las tres sociedades beneficiarias de nueva creación.
En virtud del artículo 9 Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, al haberse adoptado el acuerdo de escisión en junta universal y por unanimidad y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de la misma norma, no se ha publicado ni depositado previamente el proyecto de escisión y de los demás documentos exigidos por la Ley, ni ha sido necesario el informe de los administradores destinado a los socios sobre el mismo (salvo el destinado a los trabajadores), ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.
No obstante, se deja constancia de que se han cumplido con los derechos de información de los trabajadores en los términos legales oportunos.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, igualmente se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los derechos reconocidos a los acreedores en el artículo 13 del referido Real Decreto Ley 5/2023.
Blanes (Girona), 15 de junio de 2026.- Miembros del Consejo de Administración de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias, Sr. Llorenç Comas Puig, Sra. Georgina Comas Vieta, Sr. Llorenç Comas Vieta, Sr. Francisco Freitas Vara, Sr. Joan Farràs Coromina y Sr. Jordi Tresserras Romaguera.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid