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Documento BORME-C-2026-3695

GRUPO XEDICON XXI, S.L.U., (SOCIEDAD ESCINDIDA) XEDICON PROYECTOS Y OBRAS, S.L., XEDICON LIMPIEZA DE EDIFICIOS, S.L., XEDICON MANTENIMIENTO DE PISCINAS, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 4665 a 4665 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-3695

TEXTO

Se hace público que el socio único de la sociedad Grupo Xedicon XXI, S.L.U., como sociedad escindida, ejerciendo las competencias de la junta general, decidió el 15 de junio de 2026 aprobar la escisión parcial sin extinción de la sociedad escindida, que transmitirá en bloque, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, formando tres unidades económicas, a favor de la sociedades beneficiarias de nueva creación Xedicon Proyectos y Obras, S.L., Xedicon Limpieza de Edificios, S.L. y Xedicon Mantenimiento de Piscinas, S.L., las cuales adquirirán, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a los patrimonios escindidos, en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por los administradores de la sociedad escindida.

Al tratarse de un acuerdo de escisión parcial adoptado por el socio único reunido en junta general universal, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión. Resulta de aplicación el régimen simplificado recogido en el legislación, al ostentar el socio único de la sociedad escindida la misma condición de socio único y atribuirse la totalidad de las participaciones sociales, de forma directa, en las sociedades beneficiarias, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión parcial, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a las sociedades beneficiarias.

Se hace público el derecho de los acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y a oponerse a la escisión, durante el plazo de un mes, contado a partir dela publicación del último anuncio de fusión. La operación no tiene incidencia para los acreedores.

En aplicación de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, por medio de la presente, se comunica que la escisión no conllevará consecuencias jurídicas, económicas y sociales para ningún trabajador.

Navalcarnero, 19 de junio de 2026.- Administrador solidario, David José López Revilla.

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