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Documento BORME-C-2026-3725

FHIOS CONSULTORÍA TECNOLÓGICA, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

SOCIEDAD DE INVERSIONES XINVERS, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 4697 a 4697 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-3725

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de socios de Fhios Consultoría Tecnológica, S.L. (sociedad absorbente) y, Sociedad de Inversiones Xinvers, S.L. (sociedad absorbida), celebradas todas ellas el 4 de mayo de 2026, aprobaron, por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción inversa por parte de la Sociedad Absorbente sobre la base del proyecto de fusión de fecha 16 de abril de 2026 con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y, la adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado en el artículo 9º de la RD-Ley 5/2023 que ha sido adoptado conforme a lo dispuesto en el Proyecto Común de Fusión suscrito y firmado por el Órgano de Administración de las sociedades intervinientes, el cual no ha sido publicado o depositado previamente.

En la medida que la Sociedad Absorbida (Sociedad de Inversiones Xinvers, S.L.) es socia de la Sociedad Absorbente (Fhios Consultoria Tecnológica, S.L.) con un 51% del capital social de ésta y de ser el único activo de la misma, la fusión por absorción inversa se lleva a cabo sin aumento de capital social y, las participaciones sociales representativas de su capital social se adjudicarán a los socios de la Sociedad Absorbida en la misma proporción que tenían en el capital social de esta, todo ello en los términos que figuran en el proyecto de fusión.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RD-ley 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 del RD-ley 5/2023.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Barcelona, 18 de junio de 2026.- Secretario del Consejo de Administración de Fhios Consultoría Tecnológica, S.L. Don David López López y, Administrador Único de Sociedad de Inversiones Xinvers, S.L. Don Manuel Serrano Fuentes.

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