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Documento BORME-C-2026-3749

CONTRATAS Y OBRAS SAN GREGORIO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 4724 a 4725 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2026-3749

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Contratas y Obras San Gregorio, S.A., que se celebrará en el domicilio social, sito en la Calle Alto de la Albillera Parcela 15B, 49025, Zamora, el día 30 de julio de 2026 a las 16:00 horas, en primera convocatoria, y, en su caso, el 31 de julio de 2026 a las 16:00 horas y en el mismo lugar en segunda convocatoria, con el siguiente:

Orden del día

Primero.- Transcurrido el plazo concedido a los Sres. Socios para que manifestaran su intención o no de ejercitar el derecho de tanteo sobre la enajenación forzosa de 80 acciones numeradas del 671 al 750 de la sociedad, y habiendo comunicado el socio Don Valeriano Andrés Rodríguez Lorenzo con NIF xxx695xxx su intención de acudir al mismo, se somete a aprobación, si procede, el ejercicio del derecho de tanteo por parte del citado socio mediante la adquisición indirecta de acciones a través de la sociedad Promociones y Construcciones Soto Oscuro, S.L., con CIF B83767103 y domicilio en Madrid, Calle Velázquez, 4, la cual está participada en mayor proporción por dicho socio, ajustando el procedimiento a la ausencia de previsión expresa de esta modalidad en los estatutos. Votación al respecto.

Segundo.- Delegación de facultades para la ejecución, interpretación, subsanación y elevación a público de los acuerdos adoptados. Votación al respecto.

Tercero.- Ruegos y preguntas.

Cuarto.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la reunión.

A tenor del artículo 123 LSC (Restricciones a la libre transmisibilidad), las limitaciones o procedimientos sobre la transmisibilidad de las acciones han de estar previstos estatutariamente y solo serán oponibles a la sociedad si así consta expresamente. Dada la inexistencia de previsión estatutaria sobre el uso del derecho de tanteo por persona interpuesta, se somete a la Junta tanto la autorización puntual de dicha modalidad de ejercicio como la posible adaptación estatutaria. De acuerdo al artículo 160 LSC (Competencia de la Junta), corresponde a la Junta General la competencia para la deliberación y acuerdo sobre la modificación de estatutos y sobre cualquier condición aplicable a operaciones con las acciones de la sociedad. La forma y contenidos de la presente convocatoria cumplen con lo establecido por el artículo 173 LSC (Forma de la convocatoria) y el artículo 174 LSC (Contenido de la convocatoria). Derecho de información: A disposición de los accionistas, desde la fecha de la presente convocatoria y hasta la celebración de la Junta en el domicilio social Calle Alto de la Albillera, Parcela, 15B, 492095 Zamora, se encuentra la documentación relativa al punto a tratar, incluyendo la justificación sobre la composición accionarial de la sociedad interpuesta y la propuesta de redacción estatutaria alternativa, para su examen y formulación de observaciones. Asimismo, se hace constar el derecho de los accionistas a solicitar por escrito, hasta el séptimo día anterior al previsto para la reunión, los informes o aclaraciones que consideren precisos sobre los asuntos comprendidos en el orden del día. Requisitos de asistencia: De conformidad con los estatutos y la ley, podrán asistir a la Junta quienes figuren inscritos como accionistas en el libro registro de acciones en la fecha de la convocatoria, debiendo acreditar su identidad en el momento de acceso a la celebración.

Zamora, 23 de junio de 2026.- Presidente del Consejo, Álvaro Olivier Cornacchia.

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