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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 del Real Decreto 1/2010, de 2 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se realiza el presente anuncio a fin de posibilitar el ejercicio del derecho de preferencia que asiste a los socios de la mercantil CLUB DE RADIO TERRASSA, S.A. (la Sociedad), en relación con la ampliación del capital social de la compañía integrante de la operación acordeón acordada en la junta general celebrada el 22 de junio de 2026. La Junta General Extraordinaria de CLUB DE RADIO TERRASSA, S.A. (la Sociedad), celebrada en Vía Augusta 252-260, planta 5º, Barcelona, el 22 de junio de 2026, ha adoptado, entre otros, el acuerdo de aprobación de una operación acordeón, consistente (i) en la reducción a 0 euros del capital social de la Sociedad, fijado en la cifra de 60.018,22 euros y el simultáneo (ii) aumento de capital social por importe de 80.000 euros dividido en acciones de un euro cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 80.000, que se desembolsará dinerariamente con la única finalidad de restablecer el equilibrio entre capital y el patrimonio neto disminuido por consecuencia de pérdidas, tomando como base de la operación el balance cerrado al 31 de diciembre de 2025.
A los efectos del ejercicio del derecho de preferencia que asiste a los accionistas, en la referida Junta se ha acordado que los accionistas puedan asumir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean, o, lo que es lo mismo, igual al que resulte de aplicar el porcentaje que su participación represente en el capital social por el número de acciones emitidas. El derecho de suscripción preferente se ejercitará en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de asunción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil a que se refiere el artículo 305.2 TRLSC.
El desembolso del nominal de las nuevas acciones se verificará por los accionistas en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias e ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad con IBAN ES2121037637770030004296 y SWIFT BIC CODE UCJAES2M del importe correspondiente al nominal de las acciones suscritas.
Las acciones no suscritas en el ejercicio del derecho de suscripción preferente serán ofrecidas por el órgano de administración de la compañía a los accionistas que hayan ejercitado su derecho conforme al apartado anterior, para su suscripción y desembolso durante un plazo de un mes desde la conclusión del plazo anterior para la suscripción preferente. Si existieren varios accionistas interesados en suscribir las acciones ofrecidas, estas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad.
Si el aumento de capital no se desembolsare íntegramente dentro del plazo fijado al afecto conforme a las reglas anteriores, el capital quedará aumentado en la cuantía desembolsada.
Barcelona, 24 de junio de 2026.- Administrador único, Blas Herrero Fernández.
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