En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 503, en relación con la disposición adicional 13ª, de la Ley de Sociedades de Capital, cuyo texto refundido fue aprobado en virtud del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades de Capital"), se comunica que el Consejo de Administración de ORION RENTAL SOCIMI, S.A. (la "Sociedad"), en su reunión celebrada el 30 de junio de 2026, ha acordado, al amparo del acuerdo de delegación aprobado por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 26 de diciembre de 2025 bajo el punto Tercero de su Orden del Día, aumentar el capital social de la Sociedad (el "Aumento de Capital") bajo los siguientes términos y condiciones:
1.- Importe y Precio de Suscripción del Aumento de Capital. El importe nominal máximo del Aumento asciende a 1.865.672 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de un máximo de 1.865.672 nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, de 1,00 euro de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las acciones de la Sociedad actualmente en circulación, representadas mediante anotaciones en cuenta (las "Nuevas Acciones"), cuyo registro contable está atribuido a Euroclear France, S.A. ("Euroclear") y a sus entidades participantes. Las Nuevas Acciones atribuirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones ordinarias de la Sociedad actualmente en circulación desde la fecha en que la Sociedad declare suscrito y desembolsado el Aumento de Capital.
Las Nuevas Acciones se emitirán con una prima de emisión de 0,34 euros por acción, lo que supone una prima de emisión máxima total de 634.328,48 euros, y un precio de suscripción unitario (nominal más prima de emisión) de 1,34 euros por cada Nueva Acción, debiendo ser desembolsadas mediante aportaciones dinerarias. El importe efectivo total máximo (nominal más prima de emisión) del Aumento de Capital, considerando el precio de suscripción unitario, ascenderá a 2.500.000,48 euros, sin perjuicio de la posible suscripción incompleta.
2.- Derecho de Suscripción Preferente. Las Acciones Nuevas se emiten con reconocimiento del derecho de suscripción preferente a los accionistas de la Sociedad (distintos de la propia Sociedad) que sean titulares o hayan adquirido acciones, en proporción suficiente, hasta las 23:59 horas del mismo día hábil bursátil en el que se efectúe esta publicación relativa al anuncio del Aumento de Capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil ("BORME") y cuyas operaciones se hayan liquidado hasta la misma fecha hábil bursátil ("Record Date") de la mencionada publicación del anuncio en el BORME (incluido) ("Accionistas Legitimados"). Ello, sin perjuicio de que otros inversores puedan suscribir acciones mediante la adquisición de derechos de suscripción preferente, sean o no accionistas, así como la posibilidad de ofrecer aquellas acciones que no hayan sido suscritas por titulares de derechos de suscripción preferente a accionistas de la Sociedad interesados en suscribir un número adicional de acciones de la Sociedad o a terceros inversores.
De conformidad con el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas podrán ejercer sus derechos de suscripción preferente en la proporción de 11 Nuevas Acciones por cada 59 acciones representativas del capital social de la Sociedad actualmente en circulación de las que sean titulares (o, en definitiva, por cada 59 derechos de suscripción preferente, al corresponder un derecho de suscripción preferente por cada acción existente).
3.- Periodo de Suscripción Preferente. El periodo durante el cual los actuales accionistas de la Sociedad pueden ejercer sus derechos de suscripción preferente (el "Periodo de Suscripción Preferente") se iniciará el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo de Aumento de Capital en el BORME y finalizará transcurridos 14 días naturales.
Se prevé que la publicación del anuncio del Aumento en el BORME tenga lugar el 2 de julio de 2026, iniciándose el cómputo del periodo de suscripción preferente el 3 de julio de 2026 (inclusive), y que la asignación de los derechos de suscripción preferente y el inicio de su negociación se produzcan el 7 de julio de 2026. El periodo de suscripción preferente finalizará el 16 de julio de 2026 (inclusive) y la negociación de los derechos de suscripción preferente en mercado finalizará ese mismo día a las 14:00 CET.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital, los derechos de suscripción preferente serán transmisibles y negociables en Portfolio Stock Exchange ("Portfolio") en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, si bien serán sólo negociables desde el tercer día hábil bursátil posterior a la publicación del anuncio del Aumento en el BORME (esto es, 7 de julio de 2026) hasta el final del periodo de suscripción preferente. No obstante, el calendario del Aumento se ha fijado de forma que los accionistas e inversores dispongan de un plazo razonable para la transmisión, negociación y ejercicio efectivo de los derechos, respetándose en todo caso el plazo mínimo legal previsto en el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital y haciendo públicos todos los términos relevantes del Aumento en las páginas web de Portfolio y de la Sociedad (www.orionsocimi.com). A la presente fecha, la Sociedad carece de autocartera.
Durante el periodo de suscripción preferente, las Nuevas Acciones se ofrecerán con carácter preferente a los Accionistas Legitimados, si bien también podrán suscribir Nuevas Acciones los inversores que adquieran derechos de suscripción preferente en la proporción necesaria. Durante este periodo, los Accionistas Legitimados que hayan ejercitado la totalidad de sus derechos de suscripción preferente y los inversores que hayan adquirido derechos de suscripción preferente y los hayan ejercitado en su totalidad, podrán solicitar la suscripción de Nuevas Acciones adicionales ("Acciones Adicionales") para el supuesto de que al término del período de suscripción preferente quedaran Nuevas Acciones no suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente ("Acciones Sobrantes") y, por tanto, no se hubiera cubierto el importe máximo susceptible de suscripción en el presente aumento.
Al término del periodo de suscripción preferente, los derechos de suscripción preferente que no hayan sido ejercidos expirarán y sus titulares no percibirán compensación alguna por los mismos.
4.- Periodo de Asignación Adicional. En el supuesto de que queden Acciones Sobrantes, se asignarán las Acciones Adicionales solicitadas por aquellos inversores que hubieran resultado adjudicatarios de acciones en el tramo preferente y que hubieran solicitado un número superior de acciones.
En el supuesto de que el número total de Acciones Adicionales que se solicite exceda del número de Nuevas Acciones que queden sin adjudicar en virtud del ejercicio del derecho de suscripción preferente, se practicará un prorrateo entre los peticionarios.
5.- Periodo de Asignación Discrecional. Si una vez asignadas las Acciones Sobrantes todavía quedaran Nuevas Acciones por suscribir, el Consejo de Administración (con expresas facultades de sustitución), adjudicará discrecionalmente las Nuevas Acciones restantes entre aquellas personas, accionistas o no, que hubieran presentado la correspondiente solicitud de suscripción de Acciones de Asignación Discrecional sin que se considere una oferta pública de venta, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017.
6.- Previsión de suscripción incompleta. El acuerdo de Aumento de Capital ha previsto expresamente la posibilidad de suscripción incompleta, por lo que, en el supuesto de que el Aumento de Capital no fuera suscrito íntegramente, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones realizadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 507, en relación con la disposición adicional 13ª, de la Ley de Sociedades de Capital.
7.- Desembolso. El valor nominal y la prima de emisión correspondientes a las Acciones Nuevas que se emitan en ejecución de este acuerdo serán desembolsados íntegramente por los suscriptores mediante aportaciones dinerarias.
8.- Admisión a Negociación, Registro Contable y Custodia y Administración de Nuevas Acciones. Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las Acciones Nuevas en European Digital Securities Exchange S.V., S.A. (Portfolio) y designar a esta entidad como encargada de la custodia de las mismas. Igualmente, se acuerda solicitar la inclusión de las Acciones Nuevas en los registros contables de Euroclear.
9.- Informe del Consejo de Administración. Los accionistas pueden solicitar el envío gratuito del Informe del Consejo de Administración relativo al Aumento de Capital.
Las Palmas de Gran Canaria, 30 de junio de 2026.- Presidente del Consejo de Administración de Orion Rental Socimi, S.A., D. Víctor Martí Gilabert.
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