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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se regulan, entre otros, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que la Junta General Universal de Holding Empresarial Xanacor, S.L. (Sociedad Absorbente) y la socia única de Involvement Business, S.L.U. (Sociedad Absorbida) han aprobado por unanimidad, en fecha 22 de junio de 2026, la fusión impropia por absorción de la sociedad Involvement Business, S.L.U. por parte de su socia única Holding Empresarial Xanacor, S.L. (la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida conjuntamente, las Sociedades Participantes). La fusión se llevará a cabo mediante la absorción de Involvement Business, S.L.U. por parte de su socia única, Holding Empresarial Xanacor, S.L., con extinción, vía disolución sin liquidación, de la primera, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la última, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. Todo ello se realiza de conformidad con el Proyecto Común de Fusión suscrito el día 18 de junio de 2026 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión.
La fusión acordada se acoge al régimen especial simplificado previsto en los artículos 9 y 53.1 del RDL 5/2023, toda vez que: (i) la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida; y (ii) el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto de la Sociedad Absorbente y por decisión de la socia única de la Sociedad Absorbida.
Ello no obstante, se señala que el Proyecto y los demás documentos e información que resulta legalmente preceptiva, se han puesto a disposición de los socios, los acreedores y cualesquiera otras personas o colectivos respecto de los cuales existe una obligación legal de información o puesta a disposición de documentación, para su examen en el domicilio social, o se les entregará o enviará gratuitamente a su solicitud. A tal efecto, se indica que las Sociedades Participantes carecen de trabajadores, circunstancia por la que no resulta exigible el cumplimiento de las obligaciones de información previstas en el RDL 5/2023 en favor de los trabajadores, ni la elaboración del informe destinado a estos sobre los efectos de la Fusión. Consecuentemente, la Fusión no produce efecto alguno sobre el empleo ni sobre las relaciones laborales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Participantes de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Participantes de ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 del RDL 5/2023.
La Selva del Camp (Tarragona), 23 de junio de 2026.- La Administradora única de Holding Empresarial Xanacor, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Involvement Business, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Doña Maria Misericòrdia Fort Olivé.
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