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Documento BORME-C-2026-3929

TUBULAR CONFORT, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

CENTRO DE ABASTECIMIENTO INDUSTRIAL, S.A.U.; PEDROS, S.L.U.; TÉCNICAS DE TAPICERIA TAPITEC, S.L.U.

(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 4940 a 4940 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-3929

TEXTO

Se hace público que, por decisión del socio único de las citadas sociedades, se acordó en fecha 29 de junio de 2026, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Tubular Confort, S.L.U. de Centro De Abastecimiento Industrial, S.A.U., Pedros, S.L.U. y Técnicas De Tapiceria Tapitec, S.L.U. mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y con disolución sin liquidación y extinción de las sociedades absorbidas, sin aumento de capital social de la sociedad absorbente, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

La redacción del proyecto de fusión y el procedimiento y estructura de la operación de fusión se ajusta a lo dispuesto en los artículos 33 y siguientes del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio. En aplicación del régimen simplificado previsto en los artículos 53 y 56 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, procede la omisión de deberes de emisión de informes, depósito de documentación y de aumento de capital recogidos en los artículos 5.4, 6.7, 9, 46.3 y 56, este último en remisión al artículo 53 del mismo texto legal. Por ello, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, sin informe de administradores para los socios y sin informe de experto independiente, entre otros requisitos.

Se hace constar el derecho que asiste al socio único y a los acreedores de las cuatro sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión presentados, en los términos establecidos en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio.

En Valencia, 29 de junio de 2026.- La administradora solidaria de Tubular Confort, S.L.U., de Centro De Abastecimiento Industrial, S.A.U., de Pedros, S.L.U. y de Técnicas De Tapiceria Tapitec, S.L.U., Doña María Luisa Alberola Vidal.

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