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Documento BORME-C-2026-419

QBEAST ANALYTICS, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 28, páginas 509 a 509 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-419

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia, entre otros, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL 5/2023"), se hace público que, el día 10 de febrero de 2026, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Qbeast Analytics, S.L. (la "Sociedad"), ha aprobado, por unanimidad, la transformación transfronteriza extraeuropea y consecuente traslado internacional de domicilio de la Sociedad, desde el actual domicilio social sito en España, Calle Aragón, número 208, 6º 1ª, 08011 Barcelona, a los Estados Unidos de América, 251 Little Falls Drive, Wilmington, 19808, Estado de Delaware (la "Transformación Transfronteriza"). Una vez devenga eficaz la Transformación Transfronteriza Extraeuropea, la Sociedad, sin ser disuelta ni liquidada y conservando su personalidad jurídica, adoptará la forma jurídica de sociedad (Corporation) sujeta a las leyes del Estado de Delaware, pasando a ser su denominación social Qbeast Analytics, Inc.

Respecto de las medidas tomadas para el ejercicio de los derechos de los acreedores, trabajadores y socios, se han depositado en el Registro Mercantil tanto el proyecto de transformación transfronteriza de la Sociedad, elaborado y suscrito por el administrador único de la Sociedad en fecha 18 de noviembre de 2025 (el "Proyecto"), como los anuncios mencionados en los artículos 7 y 89 del RDL 5/2023, advirtiendo de los derechos correspondientes incluidos en la ley. Conforme queda reflejado en el Proyecto, no se ha elaborado informe de experto independiente por no ser requerido el mismo en España y por haber los socios unánimemente renunciado a ello.

El órgano de administración ha emitido asimismo el correspondiente informe destinado a los trabajadores con el contenido previsto en el apartado 5 del artículo 5 del RDL 5/2023. La sección destinada a los socios no se ha incluido en dicho informe, al haberlo acordado así por unanimidad los socios con derecho a voto de la Sociedad.

De conformidad con el artículo 10.1 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos sociales adoptados y del balance de transformación adjunto al Proyecto, en el actual domicilio social de la Sociedad. Igualmente, se hace constar que todos los socios han votado a favor del acuerdo de la Transformación Transfronteriza de la Sociedad y que, por tanto, no es de aplicación el derecho a enajenar sus participaciones sociales previsto en los artículos 12 y 86 del RDL 5/2023.

Asimismo, se deja constancia del derecho de los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hubieran nacido antes de la fecha de publicación del Proyecto en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) y aún no hubieran vencido, a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 del RDL 5/2023, en el plazo de 3 meses contados desde la fecha de dicha publicación.

Barcelona, 10 de febrero de 2026.- El administrador único de Qbeast Analytics, S.L. representada por, Don Cesare Cugnasco.

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