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Documento BORME-C-2026-4374

DFDS IBERIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

DFDS SEAWAYS HISPANIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 5466 a 5466 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4374

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (RDley 5/2023), se hace público que con fecha 17 de julio de 2026, el socio único de la sociedad DFDS Iberia, S.L.U. (Sociedad Absorbente) acordó la fusión por absorción de la sociedad DFDS Seaways Hispania, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de la Sociedad Absorbente, con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la Sociedad Absorbente, todo ello según los términos del Proyecto común de fusión suscrito el día 1 de junio de 2026, por los respectivos órganos de administración de las sociedades que participan en la fusión.

Se trata de una fusión especial entre sociedades hermanas o gemelas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas (artículo 56.1 RDley 5/2023), dado que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de esta última. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar expresamente el derecho de socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en los domicilios sociales de las sociedades que participan en la fusión, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.

Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades fusionadas al ejercicio de las acciones previstas en el artículo 13 de la norma citada, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

Tarifa (Cádiz), 20 de julio de 2026.- Los Administradores mancomunados de DFDS Iberia, S.L.U., Ronny Moriana Glindemann y Mathieu Eric Jacques Girardin.

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