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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "RD"), se hace público que, el día 7 de julio de 2026, el Socio único de Quadrante Meta Engineering, S.A.U. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de su sociedad íntegramente participada: Izharia Ingenieria y Consultoria, S.L.U. (Sociedad Absorbida).
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión, redactado por el órgano de administración de las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 1 de junio de 2026.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RD, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales y acciones, según el caso, en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas.
En consecuencia, el Proyecto Común de Fusión no incluye las menciones que dispensa el artículo 53.1. 1º del RD, por lo que la Fusión se realiza sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de las Sociedad Absorbida, a la fecha de participación en las ganancias sociales de la sociedad resultante, o a cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho, a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente o a las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan;
(ii) El aumento de capital en la Sociedad Absorbente;
(iii) La aprobación de la Fusión por las Juntas Generales de la Sociedad Absorbida;
(iv) Los Informes de los Administradores y de los Expertos Independientes sobre el Proyecto de Fusión.
Habiéndose acordado por unanimidad la Fusión por el administrador único de Quadrante Meta Engineering, S.A.U. (Sociedad Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RD, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por el RD.
De conformidad con el artículo 10 del RD, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del Común de Fusión y de los Balances de Fusión, documentación que permanecerá igualmente puesta a disposición en la página web corporativa (www.metaengineering.com) en los términos y durante los plazos legalmente exigidos.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del acuerdo de fusión, para ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1 del RD.
Barcelona, 20 de julio de 2026.- En su condición de representante persona física de Comp4ss Engenharia e Consultoria, S.A. Administrador Único de las Sociedades, D. Enric Font Pique.
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