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Documento BORME-C-2026-4421

DISTRIBUTION AS A SERVICE EMEA, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA)

ACCESSIBLE TECH, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 5529 a 5529 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4421

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, entre otras (el "RDL 5/2023"), se hace público que, con fecha 27 de julio de 2026, la Junta General Extraordinaria de Socios de Distribution As A Service Emea, S.L. (la "Sociedad Segregada" o "DaaS’’) ha aprobado la segregación parcial de DaaS en virtud de la cual se traspasará en bloque y por sucesión universal la parte de su patrimonio dedicado a la Actividad Tech4access (tal y como se define a continuación) a favor de una sociedad beneficiaria, de responsabilidad limitada de nueva creación, que se denominará Accessible Tech, S.L.U., recibiendo a cambio DaaS la totalidad de las participaciones sociales representativas del capital de dicha sociedad beneficiaria (la "Segregación").

La actividad objeto de segregación constituye una unidad económica autónoma y está formada por la totalidad de activos, pasivos, derechos, obligaciones y medios humanos y materiales afectos al conjunto de actividades que integran la actual rama de actividad de DaaS dedicada a la consultoría especializada en accesibilidad y usabilidad digital, que asesora y desarrolla soluciones para que páginas web, aplicaciones móviles y otros entornos tecnológicos sean utilizables por todas las personas y cumplan la normativa aplicable (WCAG, UNE EN 301 549, European Accessibility Act), tanto en el sector público como en el privado (la "Actividad Tech4access").

La citada Junta General ha aprobado la Segregación en los términos previstos en el proyecto de segregación formulado por el Administrador Único de DaaS el 24 de junio de 2026, de conformidad con el régimen simplificado previsto en los artículos 53 (por remisión de los artículos 56.1 y 63) y 71.2 del RDL 5/2023.

Igualmente, en el marco de la Segregación, la citada Junta General ha aprobado el balance anual de la Sociedad Segregada, cerrado a 31 de diciembre de 2025, como balance de segregación.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de segregación.

Valencia, 27 de julio de 2026.- Administrador Único de Distribution As A Service Emea, S.L, D. Sebastián Óscar Rodríguez Mattalia.

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