Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2026-4655

ASTILLEROS CANARIOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 5808 a 5809 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2026-4655

TEXTO

A los efectos de lo previsto en los artículos 346.1.a) y 348 de la Ley de sociedades de Capital, se hace constar que en la junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ASTILLEROS CANARIOS, S.A. (la "Sociedad"), celebrada en fecha 5 de junio de 2026, se, aprobó por unanimidad de los asistentes (99,37 % del capital) la ampliación de las actividades que integran el objeto social (incorporación de una actividad conexa, complementaria, instrumental y funcionalmente vinculada a la actividad principal), con la consiguiente modificación del artículo 3º de los estatutos sociales, el cual, queda en lo sucesivo redactado de la forma siguiente

"Artículo 3º – Objeto Social

La sociedad tendrá por objeto.

1. La reparación y mantenimiento de buques y material flotante de todas clases y de sus maquinarias propulsoras y auxiliares.

2. La fabricación y reparación de construcciones metálicas en general y de toda clase de elementos mecánicos.

3. La compraventa, construcción, promoción, explotación, reparación, mantenimiento, administración y arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles.

4. La compraventa, arrendamiento y explotación de buques, celebrando todo tipo de contratos de utilización del mismo así como concertar, constituir, modificar, subrogar, reducir, cancelar y aceptar toda clase de derechos de garantías sobre los mismos.

5. Participar en otras sociedades adquiriendo o suscribiendo participaciones, acciones u obligaciones.

6. La realización de cualesquiera otras operaciones que relacionadas con el objeto social, coadyuven, directa o indirectamente a su cumplimiento.

7. El diseño, construcción, comercialización, intermediación y/o alquiler de cualquier clase de buque o embarcación, incluyendo, en su caso, sus maquinarias propulsoras y auxiliares, valiéndose para ello, en caso de ser necesario, de cualquier tipo de contrato para la realización, por sí o por terceros, de dichas actividades.

8. La explotación de terminales portuarias y la realización de actividades de recepción, carga, descarga, manipulación, almacenamiento, depósito, gestión logística y expedición de mercancías y materiales vinculados al tráfico marítimo, excluyéndose expresamente los contenedores.

Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto análogo.

Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por la Sociedad. Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional, o autorización administrativa, o inscripción en Registro público, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente dicha titulación profesional y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos."

En Las Palmas de Gran Canaria, 5 de agosto de 2026.- El administrador único de la Sociedad, Invencible Capital, S.L.U., debidamente representado por D. Germán Carlos Suárez Calvo.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid