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Documento BORME-C-2026-4664

BELECTRIC ESPAÑA CONSTRUCTION, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

TREXCOM ENERGÍAS RENOVABLES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 5820 a 5820 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4664

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que, el 27 de julio de 2026, BELECTRIC ESPAÑA, S.L.U., socio único de BELECTRIC ESPAÑA CONSTRUCTION, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y de TREXCOM ENERGÍAS RENOVABLES, S.L.U. (Sociedad Absorbida) aprobó en junta general la fusión de BELECTRIC ESPAÑA CONSTRUCTION, S.L.U. con TREXCOM ENERGÍAS RENOVABLES, S.L.U., produciéndose la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida, la cual se extingue sin liquidarse, y la sucesión, a título universal, en todos los derechos y obligaciones que dimanan de dicho patrimonio, por parte de la Sociedad Absorbente.

Estando las sociedades fusionadas íntegramente participadas por el mismo socio, se trata de un supuesto de fusión especial asimilado a la absorción de sociedad íntegramente participada previsto en el artículo 56.1 RDL 5/2023. En su virtud, de acuerdo con el artículo 53 RDL 5/2023, no procede establecer tipo de canje, ni ampliar el capital de la Sociedad Absorbente, ni aprobación por la junta general de la Sociedad Absorbida, ni informe de administradores (sección para los socios) y de expertos sobre el Proyecto común de Fusión.

La fusión ha sido acordada de acuerdo con el Proyecto común de Fusión redactado y firmado el 17 de junio de 2026 por todos los administradores de las sociedades participantes en la fusión, con aprobación como balances de fusión de los balances de las sociedades intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2025, y con eficacia contable a partir del día 1 de enero de 2026.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 13 del RDL 5/2023 durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Cartagena (Murcia), 3 de agosto de 2026.- Los administradores mancomunados de Belectric España Construction, S.L.U. y Trexcom Energías Renovables, S.L.U, Paloma Méndez Pérez y Francisco Pérez Nieves.

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