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Documento BORME-C-2026-4725

REGMA, S.A.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

REGMA, S.L.

CASTANEDO INMUEBLES, S.L.

(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 5907 a 5907 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2026-4725

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1 y 63 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otras, se adoptan medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante el "RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 5 de agosto de 2026, los accionistas de REGMA, S.A. aprobaron por unanimidad en Junta General Ordinaria y Extraordinaria de carácter Universal la escisión total de la sociedad, que se disolverá y extinguirá, sin liquidación, transmitiéndose todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmite en bloque por sucesión universal a dos sociedades beneficiarias, una preexistente: CASTANEDO INMUEBLES, S.L. y otra de nueva creación: REGMA, S.L..

En la misma fecha, 5 de agosto de 2026, la sociedad CASTANEDO INMUEBLES, S.L. adoptó asimismo este acuerdo de escisión total por unanimidad en Junta General Ordinaria y Extraordinaria de carácter Universal.

De conformidad con el contenido del proyecto común de fusión y escisión total formulado por los administradores de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria preexistente se hace constar que las sociedades beneficiarias adquirirán por sucesión universal todos los activos y pasivos asociados a las dos partes del patrimonio íntegramente escindido y, en consecuencia, todos los derechos y obligaciones inherentes a las mismas, adjudicándose a los accionistas de la sociedad escindida, la totalidad de sus participaciones sociales en el mismo porcentaje de participación a los derechos que ostentaban en la sociedad escindida.

Por aplicación de las disposiciones contenidas en el RDL 5/2023, no ha sido preciso elaborar Informe de los Administradores sobre el proyecto común de fusión y escisión, ni el nombramiento de expertos independientes. Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de cada de una de las sociedades participantes en la Fusión y Escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de la Fusión y Escisión adoptados. Se hace constar, igualmente, el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades participantes, en los plazos y en la forma previstos en el artículo 13 del RDL 5/2023.

Revilla de Camargo, 6 de agosto de 2026.- El secretario del Consejo de Administración de Regma S.A. y Administrador Solidario de Castanedo Inversiones, S.L, D. Javier Otaduy Castanedo.

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