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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 63 y 71 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que el socio único de Hidro Holding, S.L.U., en ejercicio de las competencias de la junta general, adoptó el 19 de junio de 2026 la decisión de aprobar la escisión parcial plural de dicha Sociedad, sin extinción de esta, mediante el traspaso en bloque y por sucesión universal de tres partes de su patrimonio, constitutivas de unidades económicas autónomas, a las siguientes sociedades beneficiarias de nueva creación:
a) Sociedad de Gestión de Inmuebles Sgabi, S.L.U.
b) HH Microhidráulica, S.L.U.
c) The Address Valderrama, S.L.U.
La totalidad de las participaciones sociales de cada una de las sociedades beneficiarias será atribuida a Sociedad de Gestión de Bienes de Equipos Eléctricos, S.L., socio único de la sociedad escindida, en proporción a los derechos que ostenta en el capital de esta.
La escisión ha sido aprobada conforme al proyecto común de escisión parcial plural formulado y suscrito por el órgano de administración de Hidro Holding, S.L.U. el 19 de junio de 2026.
De conformidad con el artículo 71.1 del Real Decreto-ley 5/2023, no han sido necesarios el informe del órgano de administración sobre el proyecto de escisión, el informe de expertos independientes ni el balance de escisión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de la decisión adoptada.
Asimismo, quedan a salvo los derechos de los acreedores y los mecanismos de protección previstos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, en los términos y plazos establecidos en dicho precepto.
Bilbao, 24 de agosto de 2026.- El representante persona física de Management y Gestión Corporativa, S.L.U., administradora única de Hidro Holding, S.L.U, D. Jorge García-Egocheaga Cadaval.
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